Factura


(Reemplazar con este el original)

La factura es un documento comercial que nos ayuda a respaldar cada compra o venta que se realiza, de un producto o servicio. Se emite acompañando la transacción y tiene validez legal y fiscal. Es aplicada por igual desde las microempresas hasta las grandes corporaciones.

¿Qué debe llevar una factura?

La factura debe incluir toda la información de la operación:

  • Folio o número de la factura.
  • Nombre o razón social del comprador y vendedor, ya sea una empresa o una persona física.
  • NIF del comprador y del vendedor, así como su dirección fiscal.
  • Fecha de expedición.
  • Fecha de operaciones cuando esta no coincide con la de expedición.
  • Descripción del bien o servicio.
  • El precio por unidad y el precio antes de impuestos de cada uno de los bienes o servicios.
  • Si existe algún descuento o anticipo: señalarlo.
  • Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  • Cuota tributaria.
  • El importe total.
  • Si la factura está exenta de IVA, se debe hacer constar citando la ley del IVA y el artículo por el que queda libre de este impuesto.
  • Cuando se factura por el destinatario o de inversión del sujeto pasivo, se debe aclarar en la factura.
  • En caso de pertenecer al régimen especial de bienes usados o al régimen especial de agendas de viaje también se debe consignar en la factura.

Este contenido es obligatorio para justificar la compraventa de un bien o servicio. Están regulados por la normativa de facturación. Con estos requisitos cumplidos, la factura es una acreditación de la transferencia realizada.

Si se omite uno de los datos, se puede anular la validez de la factura ante la Agencia Tributaria, que es el organismo supervisor para que se cumpla la normativa.

¿Quiénes deben emitir facturas?

Todas las personas físicas o morales que se dediquen a la producción y comercialización de bienes o servicios están obligados a crear facturas y entregarlas a sus clientes. Se trata de los empresarios y autónomos, y se guiarán por los siguientes supuestos:

  • El cliente es otro empresario o autónomo.
  • Un cliente no empresario (particular) la pide para fines tributarios.
  • Se exportan bienes que están libres de IVA (excepto en tiendas libres de impuestos).
  • Operaciones intracomunitarias.
  • El cliente es la Administración pública o una persona jurídica que no sea empresario o autónomo (que trabaje por su cuenta).
  • Se están vendiendo bienes de montaje o instalación antes de ponerse a disposición en el territorio donde se aplica el impuesto.
  • Se realizan ventas a distancia y ventas sujetas a impuestos especiales.

El responsable de emitir la factura debe siempre guardar una copia y entregarle otra a su cliente. En caso de no emitirla, estaría cometiendo un delito, y sería investigado por las autoridades tributarias de su país.

Las facturas simplificadas

Las facturas que contienen los requisitos mencionados al principio son conocidas como facturas completas, pero hay otro tipo de factura, llamada factura simplificada, que se emite cuando ocurre uno de los siguientes casos:

  • El importe de la factura no supera los 400 dólares, IVA incluido.
  • Se requiere emitir una factura rectificativa.

Las diferencias principales que se dan en la factura simplificada, con respecto a la factura completa, son:

  • La factura simplificada no incluye los datos del cliente.
  • El IVA puede señalarse sin desglosarlo, e ir incluido en el precio final.
  • Pueden ser emitidas por todos aquellos empresarios o autónomos autorizados por el Departamento de Gestión Tributaria.

Ejemplo de Factura

 Formato de una factura


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